Visa de Nómada Digital de España para dueños de empresa en Latinoamérica: cuando tu salario en nómina es menor de lo que realmente recibes (2026)
Escrito por Hoply
Revisado por Natalia Menendez, abogado experto colegiado
Si tienes una empresa en Latinoamérica y tu salario en nómina es menor de lo que realmente te transfieres, solo la parte de nómina cuenta para la Visa de Nómada Digital de España. La UGE (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, el órgano que resuelve las solicitudes presentadas desde España) comprueba tus ingresos con las nóminas de los tres meses anteriores a la solicitud, cotejadas con un certificado bancario que muestre los mismos pagos.
Las transferencias fuera de nómina, como los reembolsos de gastos, los préstamos de la empresa o las retiradas informales, no son ingresos de tu relación profesional. En 2026 el titular debe acreditar 2.849 € brutos al mes: el 200% del salario mínimo interprofesional (SMI) según el Real Decreto 126/2026.
Si tu nómina está por debajo de esa cifra, hay tres formas legítimas de cubrir la diferencia antes de presentar la solicitud, y un atajo que nunca debes tomar.
Puntos clave
- Los dueños de empresa solicitan como autónomo societario, y sus ingresos se leen a partir de nóminas cotejadas con los pagos bancarios.
- Solo la nómina que figura en tus recibos y llega a tu cuenta bancaria cuenta para el umbral de 2.849 € mensuales.
- Los reembolsos, los préstamos de la empresa, las retiradas informales y los dividendos no declarados no cuentan como ingresos para la visa.
- Reetiquetar transferencias pasadas como dividendos, o volver a emitir nóminas de meses ya pagados, es tergiversar los hechos, no una solución.
- Las opciones legítimas son un salario más alto durante tres meses, tu declaración de renta del ejercicio anterior o ahorros certificados que cubran la diferencia.
- Tus nóminas, tus extractos bancarios y tus declaraciones fiscales deben contar la misma historia.
En esta guía
- Cómo lee la UGE los ingresos de un dueño de empresa para la Visa de Nómada Digital de España
- Por qué no cuentan las transferencias fuera de nómina
- Qué no hacer: reetiquetar transferencias pasadas o hacer cambios cosméticos en la nómina
- Tres formas legítimas de acreditar tus ingresos como dueño de empresa
- Con cuánta antelación cambiar tu retribución antes de solicitar
- Dueño de empresa o persona física: qué ruta se aplica
- Documentos de ingresos del dueño en Colombia, México y Argentina
- Haz revisar tu estructura de retribución antes de presentar
Cómo lee la UGE los ingresos de un dueño de empresa para la Visa de Nómada Digital de España
Si eres dueño de la empresa que te paga, solicitas como autónomo societario: una persona que trabaja por cuenta propia a través de una sociedad de la que es propietaria o sobre la que tiene control efectivo. Estar en la nómina de tu propia empresa no te convierte en trabajador por cuenta ajena para la UGE. Nuestro artículo sobre cómo decide la UGE entre la ruta de empleado y la de dueño de empresa explica por qué.
El artículo 62.3 f) de la Ley 14/2013 exige a todo solicitante acreditar medios económicos suficientes. La guía de documentación de la UGE para titulares fija esa cifra en el 200% del SMI, en bruto, antes de retenciones de impuestos y seguridad social.
La misma guía indica cómo acreditarlo:
- Nóminas o facturas de los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud.
- Un certificado bancario a tu nombre, sellado o firmado por el banco, de esos mismos tres meses y con pagos que coincidan con esas nóminas.
- Cada pago coincidente marcado por separado del resto de movimientos de la cuenta, para que la UGE pueda identificarlo.
Hay un detalle que confunde a muchos dueños. El umbral se mide sobre el salario bruto de tu nómina, pero al banco llega el importe neto, después de retenciones. La coincidencia que busca la UGE es entre el líquido de cada nómina y el ingreso en tu cuenta.
Como dueño también aportas documentación de la empresa: acreditación de la propiedad o del control efectivo, la última declaración del impuesto de sociedades, acreditación de inversiones en medios productivos y un informe de seguridad social con el histórico de empleados dados de alta por la empresa. Nuestra guía de la Visa de Nómada Digital para dueños de empresa cubre ese expediente al completo.
Por qué no cuentan las transferencias fuera de nómina
Muchos dueños latinoamericanos mantienen un salario declarado modesto y sacan el resto del dinero de la empresa por otras vías. Ejemplos habituales:
- Reembolsos de gastos de la empresa pagados a título personal.
- Préstamos de la empresa a su dueño.
- Retiradas informales o transferencias entre la cuenta de la empresa y la personal.
- Repartos de beneficios que nunca se aprobaron ni se declararon formalmente.
Ninguno de ellos está respaldado por una nómina, así que la UGE no puede tratarlos como ingresos de la relación profesional en la que se basa tu solicitud.
Tomemos a Andrés como ejemplo (el nombre y las cifras son inventados). Es dueño de una empresa de software en Bogotá. Su salario en nómina equivale a unos 900 € brutos al mes, y cada mes se transfiere unos 3.000 € más a su cuenta personal. Sus ingresos reales rondan los 3.900 €, muy por encima del umbral. Su expediente, sin embargo, muestra 900 €.
No existe un criterio oficial sobre cómo trata la UGE este tipo de diferencia. Lo que sí deja claro su guía es que los ingresos que puede contar son los documentados en nóminas y cotejados en el banco. En el caso de Andrés, eso deja un déficit de unos 1.949 € al mes, que puede dar lugar a un requerimiento (una petición formal de más documentación) o a una denegación por medios insuficientes.
Las transferencias elevadas y sin explicar también pueden generar preguntas sobre el origen del dinero. Nuestro artículo sobre por qué la UGE está rechazando extractos bancarios explica cómo es un certificado bancario correcto.
Qué no hacer: reetiquetar transferencias pasadas o hacer cambios cosméticos en la nómina
Algunos asesores proponen "arreglar" la diferencia sobre el papel antes de solicitar. Las sugerencias más habituales son antedatar un acuerdo de reparto de dividendos para cubrir transferencias pasadas, volver a emitir nóminas con cifras más altas para meses ya pagados, o cambiar cargos y contratos para que los documentos parezcan coherentes.
Esto no son soluciones. Generan documentos que no reflejan lo que realmente ocurrió, y rara vez resisten la comparación con el resto de tu expediente.
La declaración fiscal de tu empresa, tu declaración de renta personal y los registros de tu administración tributaria (la DIAN en Colombia, el SAT en México, ARCA en Argentina) ya describen cómo se te pagó. Una nómina que los contradiga debilita todos los demás documentos de la solicitud.
Presentar documentos que no reflejan hechos reales puede provocar una denegación y afectar a cómo se lee tu expediente en la renovación. También puede crear problemas fiscales en tu país de origen que duren más que el propio proceso de la visa.
La regla que debe guiar cada paso es sencilla: tus nóminas o facturas deben coincidir con los ingresos de tus extractos bancarios, y ambos deben coincidir con lo que declaraste a tu administración tributaria.
Tres formas legítimas de acreditar tus ingresos como dueño de empresa
La guía de la UGE ofrece tres vías que funcionan con ingresos reales y documentados.
1. Sube tu salario en nómina por encima del umbral. Págate al menos 2.849 € brutos al mes, por nómina, durante los tres meses completos anteriores a la solicitud. Es el formato en torno al que se construye la lista de la UGE, y el que suelen recomendar los abogados de Hoply. Un salario más alto tiene costes de impuestos sobre la nómina y de seguridad social en tu país, así que acuerda el cambio antes con tu contador.
2. Usa tu declaración de renta personal del ejercicio anterior. Para los autónomos societarios, y en defecto de los documentos habituales, la guía admite la declaración de renta personal del ejercicio inmediatamente anterior a la solicitud. Solo sirve si los ingresos que recibiste de la empresa se declararon en esa declaración y alcanzan el umbral. Las transferencias que nunca se declararon no aparecerán, y el resultado depende de un ejercicio pasado, no de tu retribución actual.
3. Cubre el déficit con ahorros. Si tus ingresos documentados están por debajo del mínimo, puedes acreditar ahorros que cubran la diferencia durante toda la vigencia de la autorización, mediante un certificado bancario actualizado a tu nombre, sellado o firmado por el banco. Para una autorización de hasta tres años solicitada desde España, son 36 meses. Para Andrés, 1.949 € × 36 = 70.164 €.
| Opción | Qué presentas | Para quién encaja | Principal limitación |
|---|---|---|---|
| Salario en nómina más alto | 3 meses de nóminas cotejadas con los ingresos bancarios | Dueños que pueden ajustar su nómina antes de solicitar | Costes locales de impuestos sobre la nómina y seguridad social |
| Declaración de renta del ejercicio anterior | Declaración de renta personal del ejercicio anterior | Dueños que declararon todos sus ingresos el año pasado | Refleja un ejercicio pasado; más margen de interpretación |
| Ahorros certificados | Certificado bancario que cubre la diferencia durante toda la vigencia | Dueños cerca del umbral | Se necesita un saldo alto cuando la diferencia es grande |
Los dividendos aprobados y declarados formalmente siguen teniendo su lugar en el expediente. Muestran que la empresa es rentable y que tus ingresos totales superan el mínimo, pero funcionan mejor como apoyo de un salario que ya cumple el umbral por sí solo. Nuestras guías para directores de una limited company británica y para dueños de una LLC o S-Corp estadounidense aplican la misma lógica a otras estructuras societarias, y nuestro artículo sobre cómo combinar tipos de ingresos explica con más detalle el cálculo de los ahorros.
Antes de cambiar nada en tu nómina, puedes solicitar una evaluación gratuita de tu caso y los abogados de Hoply te dirán qué opción encaja con tu empresa y tus cifras.
Con cuánta antelación cambiar tu retribución antes de solicitar
Calcula hacia atrás desde la fecha de presentación. La UGE mira los tres meses anteriores a la solicitud, así que si piensas presentar en marzo, el salario más alto ya debe figurar en tus nóminas de diciembre, enero y febrero y en tu certificado bancario. En la práctica, eso significa hacer el cambio de nómina con tu contador como muy tarde en noviembre, y mantener la misma cifra los tres meses, porque tres salarios distintos generan preguntas. Si cobras en pesos, la UGE convierte tu salario a euros, y los tipos de cambio se mueven, así que fija tu salario con un margen claro por encima de 2.849 € en lugar de quedarte en el mínimo. Cuando el expediente esté listo, puedes solicitar desde España mientras tu estancia sea regular: la UGE tiene 20 días hábiles para resolver, y la tasa es de 73,26 €.
Piensa más allá de la primera aprobación. Los artículos 74 quinquies.3 y 76.3 de la Ley 14/2013 exigen mantener las condiciones que dieron lugar a la autorización. Subirte el salario durante tres meses y volver a bajarlo tras la aprobación pone en riesgo tu renovación. Nuestra guía de renovación explica qué se revisa.
Dueño de empresa o persona física: qué ruta se aplica
Esta guía es para dueños de sociedades constituidas, como una SAS colombiana, una S.A. de C.V. mexicana o una SRL argentina. Si facturas a tus clientes a título personal, sin sociedad, como persona natural en Colombia, persona física con actividad empresarial en México, o monotributista o autónomo en Argentina, solicitas por la ruta de freelancer.
El principio de coincidencia es el mismo: tus facturas deben coincidir con los pagos de tu certificado bancario. Los freelancers también necesitan acreditar su alta como trabajadores por cuenta propia en su país. Consulta nuestra guía para freelancers y nuestro artículo sobre la acreditación del alta como autónomo.
Documentos de ingresos del dueño en Colombia, México y Argentina
Los nombres cambian según el país, pero la UGE pide a los dueños el mismo tipo de pruebas en todas partes. Estas son las equivalencias habituales.
| Prueba | Colombia | México | Argentina |
|---|---|---|---|
| Nóminas | Desprendibles de nómina | CFDI de nómina | Recibos de sueldo |
| Declaración de renta personal | Declaración de renta (DIAN) | Declaración anual (SAT) | Declaración jurada de Ganancias (ARCA) |
| Registro de la empresa | Certificado de existencia y representación legal (Cámara de Comercio) | Acta constitutiva e inscripción en el Registro Público de Comercio | Estatuto e inscripción en la IGJ o el registro provincial |
| Declaración fiscal de la empresa | Declaración de renta de la sociedad (DIAN) | Declaración anual de persona moral (SAT) | Declaración de Ganancias de la sociedad (ARCA) |
| Histórico de empleados | Registros de aportes a la seguridad social (PILA) | Registros del IMSS | Formulario 931 (ARCA) |
Los documentos públicos necesitan apostilla. Como están emitidos en español, por lo general no requieren traducción jurada, lo que ahorra tiempo y dinero. Nuestra guía para solicitantes latinoamericanos explica el proceso de apostilla país por país, y nuestro checklist de documentos recoge todo lo demás que vas a necesitar.
Haz revisar tu estructura de retribución antes de presentar
Una empresa en Colombia, México o Argentina con actividad real y buenos beneficios es una base sólida para solicitar la Visa de Nómada Digital. Lo que causa problemas es la presentación: una estructura de retribución que funciona para tus impuestos locales no encaja automáticamente con el formato que espera la UGE, y la corrección tiene que estar hecha tres meses antes de solicitar.
En Hoply, nuestros abogados de inmigración en España revisan tu empresa y tu estructura de retribución, te dicen qué opción de ingresos encaja con tu caso, y preparan y presentan tu solicitud, con la garantía de aprobado o te devolvemos el dinero. Si parte de tus ingresos llega fuera de nómina, solicita tu evaluación gratuita antes de reestructurar nada, y sabrás exactamente qué cambiar y cuándo.
Preguntas Frecuentes
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. La normativa puede cambiar y cada caso es distinto. Consulta siempre con un abogado de inmigración y un asesor fiscal cualificado. En Hoply contamos con especialistas que pueden analizar tu situación concreta.
